Guarda y custodia de menores en España: preguntas y dudas frecuentes
Dicen que la experiencia es un grado y que el diablo sabe más por viejo que por diablo. Tópicos que surgen del refranero, pero qué reflejan bien que una larga trayectoria es el mejor aval para poder hablar de algo. En Heras Abogados llevamos ya más varias décadas trabajando en casos y juicios de diferentes ramas jurídicas: civil, mercantil, penal, administrativo, sucesorio… Y una de las especialidades de este nuestro despacho de Bilbao es derecho de familia. Por eso, conocemos las cuestiones más relevantes y relacionadas con uno de los temas más mediáticos de esta área legal: la guarda y custodia de menores en España. Así que vamos a intentar resolver en estas líneas varias de las preguntas más frecuentes sobre este polémico tema.
Los tipos de custodia que existen actualmente
Antes de entrar en las cuestiones que más se plantean muchos padres y madres, primero es más recomendable asentar qué tipos de guarda y custodia existen en la actualidad. Por eso, a continuación, establecemos las 4 clases de custodias que hay en nuestro ordenamiento jurídico.
- La guarda y custodia monoparental, por la que uno de los progenitores se ocupará de las atenciones de los hijos.
- La guarda y custodia compartida, que, como su propio nombre indica, hará que ésta recaiga sobre ambos progenitores.
- La guarda y custodia que ejerce una tercera persona, léase abuelos, parientes o instituciones.
- La guarda y custodia distributiva o partida, por la cual los hijos pueden ser separados por motivos justificados y “repartidos” entre progenitores. Dada su complejidad y la necesidad de condicionantes que requiere para poder ser aplicada, es la menos común de todas.
Cualquiera de estos tipos de custodia y guarda se recogen en el Código Civil y serán establecidas por un juzgado especializado en derecho de familia. Dicho tribunal tendrá que tener muy en cuenta en cada caso las circunstancias específicas y, sobre todo, priorizar los intereses de los hijos.
Clásicas dudas sobre la guarda y custodia de menores
Y una vez aquí, con las tipologías que se pueden aplicar ya definidas, vamos a responder a lo que muchos padres y madres se preguntan cuando se divorcian. Basándonos en nuestra experiencia laboral y en las dudas que muchas veces nos llegan a nuestro despacho de abogados, respondemos a estas cuestiones tan habituales.
¿Qué se valora para otorgar una u otra custodia?
El juez, como decíamos en líneas superiores, siempre tratará de tener en cuenta el bien de los menores. La custodia compartida suele ser la más habitual, aunque no siempre será la opción decretada. De hecho, puede ser denegada a uno o a ambos progenitores en función de los siguientes aspectos.
- El estilo de vida de los padres y si le han estado prestando hasta el momento la atención y los cuidados correspondientes.
- La residencia de cada uno de los progenitores y cuál es la que le conviene más al menor. También el lugar de trabajo y los horarios laborales de los padres influirán en este sentido.
- La relación de los hijos con los padres, así como la decisión que adopte cada menor, si ésta es muy firme.
- La edad de los hijos, quienes si son muy pequeños deberán estar con la madre.
Todos y cada uno de estos factores determinarán cuál de las guardas y custodias enumeradas al inicio del texto es la más adecuada, a ojos del juez.
¿En qué casos pueden denegar una custodia compartida?
Visto lo anterior, es decir, los factores que influyen a la hora de decretar un tipo de guarda y custodia, vamos a centrar el tiro. Los casos más habituales en los que se deniega la custodia compartida son los siguientes.
- Uno de los padres sufre de adicciones a las drogas, al alcohol, al juego…
- Problemas de violencia en el hogar, ya sea entre progenitores y/ con los menores.
- Síndrome de alienación parental, que consiste en la manipulación del menor por una de las partes.
- Cuando cualquiera de los progenitores está cumpliendo una condena penitenciaria.
- En el caso de que los padres no puedan proporcionar una vivienda digna.
- En los supuestos en los que los padres residen en ciudades lejanas a la de los menores, por el motivo que sea.
Todos estos casos y condicionantes deben ser estudiados, analizados y recogidos en informes psicológicos. A su vez, también hay que citar en este punto que otro de los factores para dictaminar si es posible una custodia compartida o no es la opinión y las declaraciones que hagan los hijos al respecto. De hecho, si son rotundas, serán muy tenidas en cuenta. En definitiva, estos son los porque motivos te pueden quitar un hijo, su patria potestad (de lo que hablaremos en nuestro blog de actualidad más adelante) o por lo que te pueden denegar una custodia compartida.
De todas formas, cada caso concreto conlleva un profundo análisis y estudio con tal de favorecer el desarrollo de cada menor. Por eso, lo mejor es que si estás en una situación de divorcio y quieres conocer más sobre los tipos de custodias y guardas, etcétera, te pongas en contacto con especialistas. Un bufete como el de Heras, donde estaremos encantados de ayudarte y acompañarte en este complejo proceso.