¿Son más beneficiosas las herencias en Bizkaia?
La regulación de cómo y cuánto hay que pagar para heredar es uno de los aspectos más candentes durante los últimos tiempos. Debido a que se trata de un gravamen que está conferido a cada comunidad autónoma, la diferencia que se paga entre unas y otras puede ser muy notable. En esa línea, en el País Vasco existe un régimen fiscal propio que hace que los impuestos sean diferentes a los de otras comunidades autónomos. Por eso, el gasto que conllevan las herencias en Bizkaia es menor que el que tiene que afrontar un ciudadano de cualquier otro punto de la geografía nacional. Pero, ¿hasta qué punto son tan ventajosas estas condiciones fiscales?
¿Cuánto se paga por las herencias en Bizkaia y País Vasco?
Lo cierto es que las herencias en País Vasco en general y en Bizkaia en particular sí suelen ser más rentables económicas para la persona que hereda. Y lo son por varias razones, aunque la principal es el polémico impuesto sobre sucesiones y donaciones. Se trata de un gravamen que está transferido a cada comunidad autónoma y que suele ir del 7,6% al 34%. Sin embargo, por el derecho foral, no hay que pagar nada para recibir herencias en Bizkaia ni en el resto del País Vasco, siempre y cuando sea entre descendientes, ascendientes o cónyuges.
A su vez, Navarra, también con un régimen foral propio, y Cantabria apenas tienen que hacer frente al impuesto de sucesiones que es del 0,8%. O, incluso, no pagarán nada si se trata de una herencia al uso de padres a hijos, correctamente presentada y siempre y cuando no se trate de una donación.

Mientras tanto, los ciudadanos del resto de comunidades adheridas al régimen común, para heredar tendrán que hacer frente a tasas que pueden ir desde el 7,65% al 34%. Como el impuesto de sucesiones es una competencia autonómica, variará en esa horquilla en función de la comunidad en la que residía el fallecido. Al mismo tiempo, la cantidad a abonar será proporcional a la recibida en la herencia. Otra opción es que la persona haga una donación en vida, pero que, aunque pueda salir más económica que afrontar el impuesto de sucesiones, también conllevará gastos.
Por lo tanto y en definitiva, sí podemos sentenciar que las herencias en Bizkaia, Guipúzcoa o Álava no tienen coste alguno. Hecho par muchos indignante frente al elevado gasto que pueden conllevar las herencias en España en general.
¿Y cómo tributan las herencias en País Vasco y Bizkaia?
No obstante, por mucho que el derecho foral ofrezca ciertas ventajas a los herederos vascos, no significa que siempre vaya a salir gratis heredar. De hecho, las herencias en Bizkaia o cualquier otro territorio del País Vasco sí que tendrán que tributar cuando las cuantías de las mismas sean elevadas. De esta forma, en el caso de que la herencia no sea de parientes directos o sí lo sea, pero supere la cantidad de 400.000€, se aplicará el impuesto de sucesiones de Bizkaia, gestionado por la Diputación Foral, con un tipo impositivo del 1,5%.

El impuesto sobre sucesiones y donaciones en Bizkaia
En este punto vuelve a aparecer el impuesto de sucesiones y donaciones para Bizkaia y en contraposición con este mismo gravamen a nivel nacional (también llamado ISD). ¿Qué es exactamente? Si tuviésemos que dar una definición diríamos que es un impuesto directo sobre el patrimonio que obtiene gratuitamente cualquier persona física. Y hay varias variables a tener en cuenta:
- Será considerada donación cuando el aumento de dicho patrimonio proceda de una persona viva.
- Será considerada sucesión, o comúnmente llamada herencia, cuando el aumento patrimonial se produzca por el fallecimiento de alguien.
A su vez, este impuesto que es gravado por la Diputación Foral en Bizkaia, se aplica sobre:
- Bienes y/o derechos adquiridos mediante herencia o sucesión.
- Bienes y/o derechos adquiridos mediante una donación.
- Cantidades de seguros de vida en los que el contratante era quien donó o falleció y los beneficiarios de la póliza eran diferentes del contratante.
Sin embargo, y como señalábamos anteriormente, en el caso de las herencias en Bizkaia no habrá que tener en cuenta estos supuestos, siempre y cuando la herencia provenga de parientes directos y no supere los 400.000 €. De no ser así, quizás, para evitar sobrecostes a la hora de disponer y disfrutar de una herencia o donación, lo más aconsejable es que recurras a los servicios de profesionales. Abogados como nosotros a los que los más de 40 años en temas de derecho tributario y herencias nos avalan.